Declara Consejo General del IEEPCO validez jurídica de elecciones en municipios regidos por Sistemas Normativos Indígenas
El órgano electoral también aprobó una Terminación Anticipada de Mandato y dos más fueron declaradas no válidas
En Sesión Extraordinaria de Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se aprobaron los acuerdos que determinan la validez jurídica de las siguientes elecciones: elección ordinaria parcial de concejalías al Ayuntamiento de Villa Talea de Castro, Oaxaca; elección intermedia de ratificación de las concejalías del Ayuntamiento de San Ildefonso Villa Alta, Oaxaca; elección extraordinaria de las concejalías del Ayuntamiento de Teotongo, Oaxaca; elección extraordinaria de la concejalía propietaria de la Regiduría de Educación del Ayuntamiento de San Juan Comaltepec, Oaxaca; elección extraordinaria de la Sindicatura Municipal del Ayuntamiento de San Juan Evangelista Analco, Oaxaca; y, la elección extraordinaria de las concejalías propietaria y suplente de la Sindicatura Municipal del Ayuntamiento de Santiago Amoltepec, Oaxaca.
Por otro lado, el órgano electoral calificó como jurídicamente válida la Terminación Anticipada de Mandato de la concejalía propietaria de la Sindicatura Municipal del Ayuntamiento de Santiago Yosondúa, Oaxaca. En relación con la Terminación Anticipada de Mandato de la concejalía propietaria de la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Santa María Tlalixtac, Oaxaca, y la Terminación Anticipada de Mandato de la concejalía propietaria de la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Eloxochitlán de Flores Magón, Oaxaca, fueron declaradas como jurídicamente no válidas. Los casos de Terminación Anticipada de Mandato resueltos en esta sesión, corresponden a cargos electos en el año 2022.